viernes, 7 de marzo de 2014

PASOS PARA CONSTITUIR EMPRESAS




  Abrir una empresa, puede ser toda una aventura, pero debes tener en cuenta, que la vida de todo emprendedor, es dura, y sacrificada. Pensar en el dinero que se puede conseguir, o en el estatus, puede impresionarnos más de lo que debería. ¿Quieres abrir una empresa?, ¿sabes concretamente que es lo que necesitas para abrirla?, aca te menciono varios aspectos a tomar en cuenta, antes de formalizar tu empresa.


La idea: Lo primero y fundamental es tener una idea con la que empezar. La idea debe responder a una necesidad de mercado, y el emprendedor debe de convertir esa idea en un proyecto empresarial.
Conocimientos: La idea se ha de apoyar en conocimientos, tanto técnicos como empresariales, con el fin de no caer en errores básicos que pongan fin a la idea de crear una empresa.

Equipo: Rodearse de la gente adecuada. Un buen equipo te facilitará las cosas a la hora de empezar. El emprendedor por naturaleza es individual, pero un gran proyecto no se crea por uno mismo y es importante apoyarse en gente de confianza y con ciertos conocimientos.
Verificar la demanda: Antes de lanzarse a desarrollar la idea, hay que comprobar que exista una oportunidad de negocio. Es decir, que la idea responde a unas necesidades de la población y como tal pueda reportar beneficios a la empresa.

Escribirlo: Todo lo anterior es necesarios plasmarlo en un Plan de Empresa, donde se indiquen los aspectos técnicos y empresariales de la empresa. Este plan será vital a la hora de recibir apoyos de administraciones o simplemente para contratar un proveedor, los cuales suelen pedir dicho plan para conocer la viabilidad de la empresa.

Plan Financiero: Este Plan de Empresa se acompaña del Plan de Inversión donde se ha de incluir toda la capitalización de la empresa; humana, técnica y financiera. Es decir, un balance de maquinaria, mano de obra y créditos adquiridos por la empresa.

Ayudas Económicas: Ya hemos dicho que por naturaleza el emprendedor es alguien solitario, pero si recibimos ayudas, mucho mejor, y desde las administraciones y distintas entidades públicas crecen las subvenciones a las nuevas empresas.

Actitud: Y sobre todo, actitud. El ser emprendedor implica ser empresario. Implica tener las ideas claras sobre una meta y sobre lo que se quiere lograr a partir de la idea a desarrollar. Los resultados pueden ser unos u otros, pero las ganas y la constancia no deben de caer ante las adversidades que seguro aparecerán.

   Una vez que has definido los aspectos previos ya mencionados, y teniendo, clara y firme la meta de constituir tu propia Empresa, viene el segundo paso, que consiste en llevar a la realidad tu deseo, y consiste en los tramites para la constitucion de tu nueva empresa.
   En Venezuela hay diferentes categorias de Empresas, que te definire con mas detalles en un articulo, especifico y concreto sobre el tema, mientras tanto y a continuacion te describire, los pasos que se deben realizar para la constitucion, en este caso de las Sociedades Anónimas y las Sociedades de Responsabilidad Limitada.
   Para la Constitucion de una Empresa, bajo la figura Juridica de Sociedad Anonima y/o para las Sociedades de Responsabilidad Limitada, Nuestra legislacion exige los siguientes Trámites y Formalidades:
1.- Solicitar la asesoría de un abogado, para luego escoger la forma de organización mercantil más conveniente, según el Código de Comercio, el Código Civil, la Ley del Mercado de Capitales y el Decreto n.º 2.095 (que regula el tratamiento de las inversiones extranjeras).
2.- Elaborar el documento de constitución y los estatutos de la compañía.

3.- Registrar el nombre de la sociedad en el Registro Mercantil.

4.- Abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa, con no menos del 20% del capital suscrito.

5.- Presentar ante el Registro Mercantil los estatutos de la compañía, que deben incluir los objetivos, el capital, la forma de organización de los socios. Estos documentos deben estar firmados por un abogado.
6.- Contratar los servicios de un licenciado en administración, ó profesional de la economía ó contador público colegiado de nacionalidad venezolana, que fungirá de comisario.

7.- Cancelar los impuestos correspondientes.

8.- Adquirir los libros de contabilidad requeridos, sellarlos y foliarlos. Los libros contables según el artículo 32 del Código de Comercio son el diario, el mayor y el inventario.

9.- Publicar el documento de constitución de la empresa en un diario de circulación nacional o Regional.

10.- Inscribir la empresa en el seguro social.

11.- Solicitar el permiso de funcionamiento ante la Alcaldía del municipio donde vaya a funcionar la empresa, para lo cual deberá obtener la patente de industria y comercio.

12.- Solicitar el documento de conformidad del Cuerpo de Bomberos.

13.- Solicitar la conformidad de uso de la Ingeniería Municipal.

14.- Obtención del número de identificación fiscal (RIF)

15.- Inscribir la empresa en el "Instituto Nacional de Cooperación Educativa".



Datos que debe Contener El Documento Constitutivo de Tu Empresa:
   Es recomendable, que los Socios tenga bien definidos los puntos que te numero a continuacion, pues Nuestra Legislacion Venezolana, los considera requisito obligatorios que debe llevar el cuerpo del Acta de Constitucion de tu Empresa, y sera deber de tu abogado de confianza, la correcta asesoria al respecto.


1.- Nombre de la Empresa y Direccion Exacta: Debe estar compuesto con cualquier nombre de fantasía o de persona junto con la mención del tipo de empresa que se esta constituyendo. (C.A., S.A., S.R.L., etc.). Ejemplo: Inversiones Este y Oeste, C.A. o Corporación Pedro Pérez, C.A., Inmobiliaria XT, S.A. El nombre que se escoja debe ser aprobado por el Registro Mercantil. Actualmente es requisito indispensable especificar en el documento Constitutivo, la direccion donde comenzara a funcionar su empresa, Estado ciudad, municipio, calle, casa o local, numero y cualquier otra referencia de ubicación.


2.- Socios: Las sociedades mercantiles están compuestas por un mínimo de dos (2) socios, sin límite máximo. Una vez que se decida la cantidad de socios en la empresa, se debe saber los datos de identificación de cada uno de ellos (nombre y apellido, domicilio, estado civil, número de cédula y profesión).


3.- Capital Social y aportes de cada socio: El capital social de las empresas está dividido en acciones. Los socios deben definir cuánto capital será aportado para este negocio y en qué proporciones por cada socio. No existe mínimo ni máximo. Por ejemplo, si deciden que la empresa tendrá un capital de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00), también deberán definir los porcentajes que cada socio aporta (no tienen que ser iguales, el socio A puede tener 20% y el socio B el 80% restante, por ejemplo o el socio A 25%, el socio B 25%, el socio C 50%, o cuatro socios de 25%, eso lo deciden los socios con sus aportes iniciales). Cada socio recibirá acciones correspondientes al aporte que hizo. Los aportes de los socios pueden ser en dinero en efectivo o mediante aporte de inventario.


4.- Objeto de la Empresa: Hay que definir la actividad principal a la que se va a dedicar la empresa. Estas empresas se pueden dedicar a cualquier actividad de lícito comercio permitido en nuestra legislación. (Ejemplo, Inversiones en General, o Constructora, Inmobiliaria, compraventa, Fabricación, Detal, Supermercado, etc.).


5.- Administración de la Empresa: Las empresas generalmente son administradas por una Junta Directiva. Los Directivos o administradores no tienen que ser accionistas (pero pueden ser).La Cantidad de Directores o Administradores es definida por los interesados, hay que decidir cuántos miembros tendrá y quiénes serán (Ejemplo: Un (1) Presidente y Tres (3) Directores, o Un (1) Presidente solo, Un (1) Presidente y Un (1) vicepresidente, en fin, las posibilidades son infinitas, depende de lo que los accionistas decidan. Tienen que definir si los administradores tienen facultades individuales o conjuntas (es decir, si cualquier administrador puede obligar a la empresa, o se necesita la firma conjunta de dos administradores.) Asimismo, puede en una misma empresa haber administradores con amplias facultades y administradores con facultades conjuntas.


6.- El Comisario: Su función principal es informar a la asamblea de accionistas sociedad, sobre el balance y sobre las cuentas que ha de presentar la administración. Debe ser un Licenciado en Contaduría Pública o Licenciado en Administración. Son necesarios los datos del comisario, asi como una carta de aceptación al cargo debidamente visada, copia de su cedula de identidad asi como de su cpc

Registro Nacional De Empresas Y Establecimientos. ¿Qué es el NIL?



Registro Nacional De Empresas Y Establecimientos. ¿Qué es el NIL?


Mediante Decreto Nº 4.248, de fecha 30 de enero de 2006, el Presidente de la República  Bolivariana  de  Venezuela,  Hugo Chávez  Frías, estableció la  puesta  en marcha del Registro Nacional de Empresas y Establecimientos, el cual tiene carácter público, cuya implementación y desarrollo estará a cargo del Ministerio del Trabajo y regula el otorgamiento, vigencia, control y revocatoria de todo lo relacionado a la Solvencia Laboral

¿QUE ES EL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS Y ESTABLECIMIENTOS?
Es un sistema automatizado desarrollado por el Ministerio del Trabajo destinado a  recavar información de las empresas y establecimientos que participan en el sector productivo del país, el cual concentrará datos en materia laboral y de seguridad social.

 ¿QUE PROCEDIMIENTO DEBE SEGUIR UNA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO?.
Para inscribirse en el RNEE el o la representante de la empresa o establecimiento debe llenar una solicitud de inscripción por medio del Sistema de Registro Nacional de Empresas y Establecimientos que pondrá a disposición el sitio Web del Ministerio del Trabajo  http://www.minpptrass.gob.ve , luego la solicitud y los recaudos se deben entregar en las Oficinas del Ministerio del Trabajo constituidas como unidades regionales de registro, las cuales se podrán identificar en el sitio Web del ministerio del trabajo y funcionarán principalmente en las capitales de cada Entidad Federal.
Luego de entregar la solicitud y los recaudos el funcionario o funcionaria del ministerio del Trabajo, verificará la veracidad de los recaudos y formara el expediente respectivo, verificados como fueren los recaudos y cumplidas las formalidades, el funcionario o funcionaria le suministrará al representante de la empresa o establecimiento un certificado contentivo del Número de Identificación Laboral (NIL), con lo cual se identifica la inscripción en el Registro de la Empresa o Establecimiento en el RNEE.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA  INSCRIBIRSE  EN EL REGISTRO NACIONAL DE  EMPRESAS Y ESTABLECIMIENTOS? 
El o la representante de la empresa o establecimiento asistirá a la Oficina del Ministerio del Trabajo (asignada  conforme  al domicilio de la empresa o establecimiento) en la fecha fijada por el mencionado Sistema, consignando los siguientes recaudos: 
a) Dos (2) impresiones de la Solicitud de Inscripción.
b) Copia del documento constitutivo, última reforma estatutaria y designación de la junta directiva vigente. 
c) Copia del Registro de Información Fiscal (RIF).
d) Copia del Número de Identificación Tributaria (NIT), de ser el caso.
e) “Cédula del Patrono o Empresa” (Forma 14­01) expedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), o “Constancia de No Afiliado”, tanto del solicitante como de las sucursales.
f) Comprobante de Inscripción en el Registro Nacional de Aportantes (RNA) llevado por el  Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), de ser el caso.
g) Constancia de Afiliación al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda expedida por la entidad bancaria u Oficio de Empresa No Afiliada al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, expedida por el Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI).
h) Copia del Certificado de Registro de Inscripción por ante la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP), de ser el caso.
i) Nómina de  trabajadores y trabajadoras, la cual deberá  ser  consignada en forma impresa en el formato de nómina, dispuesto a tal efecto en el portal Web del Ministerio del Trabajo.
Posterior a la entrega de los recaudos, el funcionario o funcionaria del Ministerio del Trabajo le  suministrará  a  el o la  representante  de  la  empresa  o establecimiento  el Número de Identificación Laboral (NIL), el cual es un documento que confirma que la empresa o establecimiento está debidamente inscrita ante  el Ministerio del Trabajo.

 ¿SI UNA EMPRESA TIENE SUCURSALES DEBEN REGISTRARSE?
Las sucursales sí deben registrarse, el registro de las sucursales debe hacerse en la misma oportunidad de la inscripción del establecimiento principal. Si la apertura de la sucursal ocurre con posterioridad al registro, la inscripción se realizará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al inicio de sus operaciones, debiendo para tales efectos llenar la solicitud de inscripción de sucursales.

 ¿QUE ES EL N.I.L.?
Las siglas NIL significan Número de Identificación Laboral, y es la identificación numérica contenida en el certificado de inscripción del Registro Nacional de Empresas y Establecimientos. El NIL como número de identificación laboral es necesario para la solicitud de la Solvencia Laboral.

BASES LEGALES 
Decreto N° 4.248, de fecha 30 de enero del año 2006, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.371, de fecha 2 de febrero del año 2006.
Resolución Especial N° 4.524 del Ministerio del Trabajo, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.402, de fecha 21 de marzo del año 2006.
Resolución Especial N° 4.525 del Ministerio del Trabajo, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.403, de fecha 22 de marzo del año 2006.
Resolución Conjunta N° 2203 y 034 
Decreto Nº 4398, de fecha 27 de Marzo de 2006, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 38.410, de fecha 31 de Marzo de 2006.